martes, 30 de junio de 2020

BANDO: Vertido de purines y estiércol

Con el objetivo de evitar o minimizar las afecciones medioambientales y sanitarias que provoca la actividad de vertido de purines y estiércoles sobre el terreno como abono orgánico, por medio del presente se aprueba el siguiente Bando:

Queda terminantemente prohibido el vertido de purines y estiércol en fincas y parcelas del término municipal de Añora mediante los sistemas que prohíbe el Real Decreto 980/2017 (plato, abanico y cañonera).

Igualmente en dicha actividad se deben cumplir las obligaciones establecidas en el Programa de Actuación de la Consejería de Agricultura (Orden del 1 de junio de 2015). 

Esta Orden recoge que la aplicación de fertilizantes orgánicos se realizará en la época de mayor necesidad para los cultivos por lo que en ningún caso se justifica su aplicación en verano y determina la obligación de enterrar la materia orgánica aportada en el menor plazo posible.

Desde el Ayuntamiento de Añora para facilitar el trabajo del sector ganadero, tras reunión mantenida con dicho colectivo se establece el siguiente calendario y normas para el vertido de purines y estiércol en el verano de 2020.

1.- MES DE JULIO.
 · Se permite el vertido de purines y estiércol los días 5, 6 7, 12 13, 14, 19, 20, 21, 26, 27 y 28 a una distancia superior a 500 metros del casco urbano, con la obligación de hacer con el vertido como marca la legislación vigente y enterrarlos en el plazo de 24 horas.

2.- MES DE AGOSTO.
 · Se permite el vertido de purines y estiércol excepcionalmente los días 9, 10, 16, 17, 30 y 31 a una distancia mínima de 4 km del casco urbano (ver plano) con la obligación de hacer con el vertido como marca la legislación vigente y enterrarlo en el plazo de 24 horas y previa notificación de polígono y parcela en el Ayuntamiento.

3.- MES DE SEPTIEMBRE.
 · Se permite el vertido de purines y estiércol los días 13, 14, 15, 20, 21, 22, 27, 28 y 29 con la obligación de hacer con el vertido como marca la legislación vigente y enterrarlo en el plazo de 24 horas, a una distancia superior a 500 m del casco urbano.

No se permite ningún vertido fuera de las fechas y zonas autorizadas en los meses de julio, agosto y septiembre de 2020, en caso de detectarse un vertido por una explotación ganadera fuera de esas fechas o zonas, se formalizará la correspondiente denuncia y se tramitará ante la autoridad competente para la imposición de la sanción correspondiente.

Firmado: D. Bartolomé Madrid Olmo, Alcalde de Añora.






jueves, 18 de junio de 2020

BANDO: Peligro de incendios




Durante la época veraniega, muchos de los municipios andaluces cuentan con peligro alto de sufrir incendios forestales, por las condiciones meteorológicas que presenta la comunidad autónoma andaluza. Un incendio puede provocar graves daños no sólo en el patrimonio forestal, sino afectar también seriamente tanto a la economía como a la población de un municipio, por eso recuerdo a todos los vecinos unas normas básicas, cuyo respeto es fundamental para minimizar el riesgo de que se produzcan incendios.

1) De acuerdo con la Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales., de la Consejería de Medio Ambiente, queda totalmente prohibido el uso del fuego desde el 1 DE JUNIO AL 01 DE NOVIEMBRE, y en particular para las siguientes actividades:
- Quema de vegetación natural.
- Quema de residuos agrícolas y forestales.
- Encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluido el
Parque San Martín, las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aún estando habilitadas para ello.

2) Las urbanizaciones, zonas de acampada e instalaciones o actividades situadas en terreno forestal o sus proximidades deberán contar con un Plan de Autoprotección, que se presentará en este Ayuntamiento.

3) Es necesario también que los vecinos tengan presente que durante todas las épocas del año no está permitido:
a) Arrojar o abandonar cerillas, colillas, cigarros y objetos en combustión.
b) Arrojar o abandonar sobre el terreno, papeles, plásticos, vidrios o cualquier tipo de residuo o basura y, en general, material combustible o susceptible de original un incendio.

4) Las actividades relacionadas con el lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego o puedan provocarlo requerirán autorización expresa del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia correspondiente, en la que se establecerán las medidas de seguridad que deban adoptarse.

5) Los ciudadanos también deben conocer que los emplazamientos de aparatos de soldadura, grupos electrógenos, motores o equipos fijos de explosión o eléctricos, además de los transformadores eléctricos deberán rodearse de un cortafuegos perimetral de una anchura mínima de 5 metros.

6) Con objeto de proteger a los vecinos, es necesario que los núcleos de población, edificaciones, instalaciones de carácter industrial y las urbanizaciones, cuenten con una faja de seguridad, de una anchura mínima de 15 metros, libre de residuos, matorral y vegetación herbácea, pudiéndose mantener las formaciones arbóreas y arbustivas en la densidad que en su caso se determine en el correspondiente Plan de Autoprotección.

7) También es importante recordar que bajo las líneas eléctricas de baja y media tensión de propiedad particular deberá eliminarse la vegetación (ramas de árboles, matorral, pastizal) situada a una distancia inferior a 2 metros.


Estas normas no son aleatorias, sino que están dirigidas a reducir y evitar las actividades que producen incendios forestales, una lacra que cada verano afecta a miles de hectáreas forestales en Andalucía; como Alcalde de Añora, ruego la colaboración y apelo a la responsabilidad de todos los vecinos para evitar que nuestro municipio se pueda ver afectado por los incendios.

Firmado:
D. Bartolomé Madrid Olmo.
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Añora.

viernes, 12 de junio de 2020

El área de deportes pone a disposición un nuevo servicio de gestión de reservas e inscripciones

Ya puede registrarte en el sistema Sporttia para realizar múltiples gestiones del servicio de deportes del Ayuntamiento de Añora sin llamadas telefónicas ni esperas: reserva de pistas, clases de spinning o jumping (anuladas temporalmente) e incluso la inscripción en eventos y competiciones que se organicen. Además, el sistema permite el pago mediante tarjeta o recarga de monedero, todo para continuar mejorando en la calidad y comodidad del servicio.

En el siguiente vídeo te explicamos cómo registrarte:


miércoles, 3 de junio de 2020

Sesión plenaria extraordinaria del 2 de junio de 2020 a través de videoconferencia

Ayer se celebró primera vez en la historia de nuestro pueblo un Pleno Extraordinario a través de videoconferencia. El acto se desarrollo con absoluta normalidad, aunque con algún pequeño contratiempo propio de estos medios. Aquí puedes verlo íntegro: